martes, 23 de septiembre de 2008

Falsificación de Marcas
Entrevista C5N - Septiembre 9, 2008

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Reportaje de la CNN sobre el canje de deuda

Acerca de la reapertura de la negociación por el canje de bonos anunciado ayer por el Gobierno en Nueva York en ocasión de la visita de nuestra Presidenta al País del Norte para participar de la Asamblea de la ONU... me permito una licencia en este blog, para recordar el reportaje que me hizo la CNN en el año 2005 sobre el particular.
Sin dudas que la medida anunciada, de concretarse definitivamente ayudará a normalizar la relación del país con el resto de los acreedores y por ende con el concierto de las naciones, generando y brindando la tan ansiada confianza y seguridad que siempre reclamamos.
Solo para recordar...
Un saludo y felicitación especial merece el Jefe de Gabinete, don Sergio Massa, quién seguramente es gran responsable de las medidas que se vienen adoptando.
Un fuerte abrazo,
RJ








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lunes, 22 de septiembre de 2008

Conferencia de Puerto Iguazu




Foto grupal de la Conferencia con fondo de las Cataratas del Iguazu.

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viernes, 19 de septiembre de 2008

Intellectual Property Rights in the Tri-Border Area of South America




Les acerco el speech brindado en el marco de la conferencia a la que fui invitado... por Trans Atlantic Business Dialogue celebrada en Puerto Iguazú, Misiones, para tratar el tema "Intellectual Property Rights in the Tri-Border Area of South America".
A continuación lo expuesto:

Confusión en torno a la piratería provoca conductas pasivas de los titulares marcarios

Existe una gran confusión en nuestro medio al momento de referirnos a los distintos delitos que se pueden identificar bajo el rotulo de “piratería”.
Pero que estos distintos tipos penales puedan ser referidos indistintamente como modalidades de lo que denominamos genéricamente “piratería”, de ninguna manera significa que estemos frente a un mismo delito.
Así, una cosa es la violación a los derechos de propiedad intelectual que se encuentran reglados por la ley 11.723; otra distinta es la violación a la ley de patentes 24.481 y una situación diferente a las dos anteriores es la violación a la ley de marcas 22362.
Frente a la violación de cualquiera de estos derechos, siempre vamos a poder hablar de piratería o falsificación; pero lo que no debemos confundir, es a que tipo de falsificación nos estamos refiriendo.
Es habitual leer en las noticias por ejemplo, “Golpe a la Falsificación Marcaria”, y al introducirnos en la lectura del articulo comprobar que se trata de violación a la ley 11723 y no a la ley 22362.
Es mas, muchas veces se inician procedimientos por denuncia de violación a la ley 11723 en el fuero federal, siendo que este fuero es incompetente para atender esa clase de denuncias. Sin embargo, volvemos a leer en las noticias que en el marco de dichos procedimientos se secuestró gran cantidad de CDs o DVDs falsificados, o como comúnmente se los denomina en la calle, “truchos”. Ver verbigracia http://www.clarin.com/diario/2007/12/13/um/m-01563740.htm ; http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=949524
Algo similar sucede con lo que individualizamos como medicamentos truchos; no se diferencia entre medicamentos adulterados, envenenados o falsificados. Y obviamente, estamos frente a ilícitos y realidades bien distintas.
En el caso de los medicamentos adulterados o envenenados es el Código Penal quién regula su tratamiento en el art. 200 siguientes y cc.
Por el contrario, los medicamentos falsificados caen bajo la órbita de la ley de marcas.
Sin embargo al momento de referirse la prensa y el público en general al tópico, los confunde como si fueran lo mismo. Ver http://www2.lavoz.com.ar/nota.asp?nota_id=230812 ; http://robertoporcel.blogspot.com/2008/08/falsificacin-de-medicamentos-mafias-y.html http://infobae.com/contenidos/395579-100799-0-Es-trucho-el-10-los-medicamentos
Una vez más insisto, todos estos delitos son tipos penales distintos y tienen por ende realidades diferentes.
Ello a pesar de lo que dispone el Acuerdo TRIPs en su art. 61 y de lo que suscribió nuestro país al ratificar dicho convenio conforme la ley 24425.
Digo esto por cuanto en la actualidad, los distintos tipos penales contemplan penas muy desproporcionadas entre si, según se trate de un delito u otro.
Así, los medicamentos con marca falsificada por ejemplo, constituyen una infracción a la ley 22.362, y por ende tienen una pena máxima de dos años; sin embargo, como sucede en todos los supuestos de fraude marcario, dicha pena ha perdido toda virtualidad desde el momento en que se reformó el Código Penal y se incorporó lo que conocemos como “probation”. Con tan solo pagar una multa de 131 pesos y comprometer una acción comunitaria, se elude y evita toda y cualquier responsabilidad.
Pero en la mayoría de los casos ni siquiera tenemos que llegar a esta opción, pues la acción se prescribe primero; máxime a partir de las reformas sufridas por el Código Penal en este sentido. Luego, en rigor, la comercialización de medicamentos con marca falsificada,-que naturalmente puede costar vidas humanas y de hecho ya las ha cobrado-, no tiene en los hechos, pena alguna.
Por el contrario, los medicamentos adulterados como se rigen por el Código Penal contemplan una pena que va de los tres años a los diez años, pena esta que se eleva en sus mínimos y máximos hasta llegar a los veinticinco años en caso que de la adulteración se siga la muerte.
La cierto es que la experiencia indica que la adulteración de medicamentos como delito muy pocas veces se plasma; lo mas frecuente es la falsificación y no la adulteración de medicamentos.
Piensen ustedes que para adulterar un medicamento, primero debo contar con el medicamento original, para luego proceder a su adulteración. Obviamente que esto no es lo mas usual.
De lo expuesto se desprende que nuestra legislación no le esta prestando la debida atención,-o en su caso de manera acertada-, a la penalización de un delito de tamaña entidad como es la fabricación o comercialización de medicamentos con marca falsificada. Preveemos castigos para delitos que no se configuran, y no sancionamos a los que verdaderamente sufrimos a diario.
Algo similar se experimenta cuando confrontamos la violación a la ley 11723 con la violación a la ley de marcas.
La ley 11723 prevé una pena máxima de hasta seis años de prisión, contra lo que ya explique que sucede con la ley 22362 que no acarrea finalmente sanción ninguna.
De esta suerte, vamos a ver que de repente se castiga con severidad a quién falsifica DVDs O CDs con penas que pueden llegar insisto hasta los seis años de prisión, y no se castiga a quién falsifica productos que pueden costar vidas humanas, como ocurre con la falsificación de repuestos de autos, o de avión, o de bebidas, o de cubiertas, o de jeringas, o de extends, o marcapasos, o simplemente de pilas, etc.
Piensen ustedes que todo lo que se fabrica se falsifica; luego el universo de posibilidades es inmenso. Ni que hablar de lo que sucede con la falsificación de medicamentos a la que ya me referí párrafos anteriores.
Y cuidado que no manifiesto esto para rebajar las penas que contempla la ley 11723 para los supuestos en que se viola dicha norma, sino para actualizar lo que sucede con la ley 22362.
Lo que resulta sin embargo un denominador común en todos los casos, ya se trate de un tipo penal u otro, es que detrás de todos estos delitos, siempre nos vamos a encontrar con verdaderas organizaciones criminales. Ya no se trata de un autor individual o circunstancial como en los años 80, sino que debemos lidiar con el crimen organizado.
Estas organizaciones manejan mucho dinero; recordemos que se menciona que la falsificación moviliza en el mundo algo más de 500 billones de dólares.
Por ello, mas allá del peligro intrínseco que pueda tener la falsificación de determinado producto, la falsificación en si misma es de un peligro y gravedad extrema.
Quizás nos cuesta ver este peligro que denuncio en la falsificación de prendas de vestir, o de zapatillas, o de relojes, o de anteojos, o de perfumes, etc., pero lo cierto es que para poder producir todos estos productos, se debe contar con mucho dinero primero para adquirir las máquinas copiadoras, muy costosas de por si; luego para adquirir los moldes, la materia prima, armar una cadena de distribución etc. Permítanme destacar que muchos productos se fabrican en el país, pero muchos otros son manufacturados en el extranjero. Es decir, se requiere de verdaderas organizaciones criminales para financiar y distribuir por el mundo los productos espúreos.
Hasta aquí lo que cuesta perpetrar el ilícito. Pero hablemos ahora de la rentabilidad que arroja este flagelo. En la República Argentina se presume que ronda los dieciséis mil millones de pesos, cifra esta que si se la conjuga con los delitos conexos que en la mayoría de las veces acompaña al fraude marcario,- como ser contrabando y piratas del asfalto-, se eleva a veinticinco mil millones de pesos.
Ya nos tiene dicho tanto INTERPOL como el FBI que con estos dineros se financian frecuentemente actos de terrorismo, narcotráfico o se los introduce en circuitos donde se lava dinero.
Al mismo tiempo, también somos concientes que estos delitos por lo general no vienen solos sino acompañados de otros de mayor entidad, como son justamente el narcotráfico, o el trafico de armas.
Para su comisión muchas veces se utilizan personas a las que se reduce a estados de esclavitud como hemos visto ocurrió con los talleres clandestinos que fueron descubiertos y allanados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Ergo, cuando hablamos de falsificación marcaria nos estamos refiriendo a un delito que es perpetrado por organizaciones criminales que mueven muchísimo dinero, con el que en muchas ocasiones se financian actos de terrorismo, -recuerden el primer atentado a las torres gemelas del año 1993-, y que está estrechamente vinculado a delitos aún más peligrosos.
Sin embargo este delito en nuestro país no se encuentra sancionado; pese a todo lo expuesto y a lo comprometido en el art. 61 del Acuerdo ADPIC. Y por ello se encuentra tan desarrollado entre nosotros.
Solo la Aduana ha tomado verdadera conciencia de lo que implica la falsificación marcaria y ha actuado y actúa en consecuencia. Ha desarrollado un departamento especial de lucha contra el fraude marcario; ha instado y promovido la participación del sector privado creando para ello un Foro de Lucha contra el Fraude marcario. Ha desarrollado el Sistema de Asientos de Alerta, mecanismo por el cual con tan solo denunciar en aduanas quién es el responsable de la importación o exportación de un producto, la Aduana notifica de todo movimiento que quiera realizar cualquier otro interesado, dando oportunidad a la marca registrada para constatar la legitimidad y/o autenticidad de la mercadería en cuestión.
Este organismo ya secuestró de Enero a Agosto de este año mercaderías por 110 millones de pesos.
Pero naturalmente, no alcanza con el esfuerzo individual de la Aduana; incluso, ya se comienzan a generar mecanismos para eludir estos controles. Pero para peor, pareciera que los propietarios de las marcas a partir de tan intensa actividad que desarrolla el organismo, hubieran optado por tan solo descansar en lo que se pueda actuar desde la Aduana. Y le han transferido a ella toda la responsabilidad, sin advertir que nuestro país se ha transformado en un país de producción. Ya no es meramente un lugar de tránsito, sino que se producen y fabrican productos falsificados tanto para consumo interno como externo. Pero al no existir ley que condene estas conductas, nadie combate la falsificación de puertas para adentro en el territorio.
Lo curioso es que tampoco nadie se preocupa por la reforma de la ley; a nadie pareciera importarle que no se cumpla con lo comprometido por el art. 61 de la ley 24425.
Resulta a esta altura una obviedad señalar lo imperativo que resulta modificar la ley 22362 en su aspecto penal.
Hay que actualizar las penas para quién viola la ley, para concordarlas con las de delitos de la misma entidad como señala el Acuerdo ADPIC.
De esta forma, no solo se disuadirá en la comisión del delito, sino que los jueces le comenzarán a prestar atención a un delito que hoy no la tiene. Hay que responsabilizar a los dueños de los predios que se utilizan para comercializar a gran escala productos falsificados, como ocurre en ferias por todos conocidas. Hoy por el contrario, en lugar de castigarlos se los publicita y se hacen notas de color haciendo la apología de los buenos precios a los que se pueden adquirir las copias. Adviertan ustedes que los mercados virtuales como E-Bay ya han sido sancionados por vender en sus sitios marcas falsificadas. Ver http://robertoporcel.blogspot.com/2008/07/ratifican-condena-contra-dueo-de-predio.html
A su vez, hay que contemplar y penalizar la conducta de quienes concurren a adquirir esos productos espúreos a sabiendas.
Se debe legislar sobre aquellos que de mala fe se aprovechan de las marcas registradas para conformar un dominio de Internet y luego extorsionar a sus dueños.
Hay que extender la responsabilidad a los verdaderos responsables del delito en el caso que se escondan tras el velo de sociedades comerciales, al frente de las cuales lo usual es que pongan a personas jubiladas y/o insolventes.
Hay que darle participación por estos mismos motivos a la AFIP.
Hay que reformar el artículo 6º de la ley 25.246, autorizando a la Unidad de Información Financiera el análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el lavado de activos provenientes de delitos relacionados con la infracción al artículo 31 de la Ley de Marcas.
Finalmente, habría que pensar en la creación de un organismo mixto de control y en la creación de una fiscalía especial. Como sea, hay que reformar la ley de marcas.
A modo de conclusión, me parece que lo que está fallando es la intervención del sector privado; no actúa en defensa de sus marcas, y pareciera estar tan solo en una actitud de espera, entendiendo por espera una conducta pasiva, en la que tan solo se anhela que otro actúe por nosotros. En este caso, la espera consiste en que el estado actúe por ellos, verbigracia la aduana. Ver http://www.infobae.com/contenidos/401836-100884-0-Incautaron-mercadería-trucha-marcas-top-us-35-millones
En rigor, me encantaría que transformaran esa posición de espera en una actitud de esperanza; esto por cuanto esperanza importa tener una actitud proactiva, más allá de que se obtenga o no un resultado. Luego, deberían los propietarios de las marcas y sus representantes avanzar en la búsqueda decidida de la modificación de la ley de marcas en su aspecto penal, más allá de las dificultades que se deban afrontar y superar.
Por último, me gustaría dejarles una inquietud para que reflexionen: digo,
toda violación a las leyes de propiedad intelectual o de marcas, en rigor, implica la violación del derecho de propiedad; siendo así, pregunto, porque se persigue y castiga la violación del derecho de propiedad de los derechos intelectuales y no se persigue ni castiga la violación al derecho de propiedad de las marcas?
Muchas gracias.

Dr. Roberto J. Porcel



















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sábado, 6 de septiembre de 2008

Programa de Intellectual Property Rights in the Tri-Border Area of South America


Les dejo para aquellos a los que les interese el programa de la Conferencia que organiza The TransAtlantic Business Dialogue (TABD) para debatir los derechos intelectuales en la Triple Frontera, que se desarrollará a partir del próximo 18 del corriente ... en Puerto Iguazú, Misiones.

Intellectual Property Rights in the Tri-Border Area of South America
A business government dialogue promoted by the


Transatlantic Business Dialogue IPR Working Group
18 – 19 September 2008 Puerto Iguazu, Misiones Province, Argentina





There is increasing agreement that concerted cooperation between governments and
the private sector is necessary to reduce the incidence of counterfeiting and piracy of
intellectual property-protected goods. Tackling IP theft is a significant public policy
issue for business and is among many governments’ international economic policy
priorities.
This initiative aims at supplementing existing joint public private partnerships and
seeks to set in place new milestones and actions supporting a long-term, practical and
integrated approach to the three pivotal areas of IP enforcement - judicial and legal
best practice, investigation and forensics, and best practice on financial sanctions and
remedies for the illegal proceeds from contraband and piracy - within a specific regional
context. This is a private sector initiative designed to explore these three main pillars by
stimulating creative discussions, identifying innovative application of legislation
and identifying best practice The event is intended to be mutually beneficial,
cooperative, action-oriented partnering and about securing long term commitments from
all participants.
Delegates will come together for a 2-day conference in Argentina to build more effective
contact networks to combat criminality, corruption and IP rights violations in the Tri-Border region.


PRACTICAL INFORMATION




Venue: Sheraton Hotel, Puerto Iguazú, Misiones Province, Argentina
Date: 18 – 19 September 2008
Direct registration at ivana.ausilio@bcdtravel.com.ar or jbriginshaw@eu.tabd.com



Agenda



Join representatives from the private sector, with the participation of representatives
from the governments of Paraguay, Brazil, Argentina, the United States and the
European Commission to discuss the following themes:
Border enforcement, Forensics, and transshipment challenges. Investigation, Civil
proceedings, asset tracing and recovery, technical assistance capabilities government
and private sector, effect on brand owners, administrative and criminal remedies.
Conference Chair: Richard Heath, Unilever, President Elect International Trade Marks
Association (INTA)



September 17th
19.30 Welcome cocktails



September 18th - Day 1 - Border enforcement and forensics
Conference Chair: Richard Heath, Unilever, President Elect International Trade
Marks Association (INTA)
0815 -08:45 Coffee and registration
09:00 – 09:25 Welcome remarks and explanation of objectives and conference
process from Giulia Di Tommaso, Chair TABD IPR Working Group
9:25 – 10.10 A Global Overview – Present, Planned and Innovative
Legislation and Remedies around the world – Government
experts - Luc Devigne (EU)/ Wayne Paugh (US)
10.10 – 10:30 Regional Overview - Senior Brazilian Government Rep plus
10:30 – 11.00 The Present and Planned Legislative and Legal Regime in
Counterfeiting and Piracy in tri-border countries - Hugo
Mersan; Rodrigo Ouro Preto, Siqueira Castro; Roberto Porcel; or Mr. Javier Nuñez;
11.00 – 11:15 Coffee
11:15 – 12:00 Border Enforcement in Tri-border Area and Trans-shipment
from other countries in Latin America - Mrs. Margarita Díaz de
Vivar, General Director of the Paraguayan Customs Authority and
Mr.Salvo, Uruguayan Custom Director; Mss. Silvina Tirabasi -
Customs Director - Argentina or Mr. Fabián Di Risio - Customs
Officer - IP Department, Argentina
12:00 - 12.30 Challenges in Border Enforcement in the EU – Common
Ground, Shared Solutions? – (John Taylor EU expert )
12.30 – 14:00 Lunch
14:00 – 15.00 Forensic Methodology - Roberto Manriquez International Criminal
Police Organisation (Interpol), Roger Berret forensic expert formerly
Forensic Science service, UK;( US /expert Interpol speaker tbc)
15:00 – 15.15 Coffee served in breakout groups
15:15 – 16:15 Break-out Groups on industry’s views on what works and
what does not in each issue
16:15 – 17:00 Feedback from Break out groups and Moderator summary of Day 1
proceedings
17:00 Close Day 1
19:30 – 21:00 Cocktails and Dinner: Key note speaker tbc/remarks from Giulia
Di Tommaso, Chair TABD IPR Working Group



September 19th - Day 2 - Financial measures and remedies
08:15 – 08:55 Coffee
08:55 – 09:05 Introduction from Toe Su Aung, British American Tobacco, TABD
IPR working group
09:05 – 09:50 View from the Judiciary - US Judge - Judge Griesa Paraguay
Judge Mr. Sindulfo Blanco, Ministry of the Supreme Court of Justice, Member of the
Penal Court or Mr. Victor Nuñez, Ministry of the Supreme Court of Justice, President;
Justice Gilson Dipp, Superior Court of Justice. Brazil
09:50 – 10.35 Civil Proceedings - Asset Tracing / Financial Investigation/
Asset Recovery – A View from the region: Speaker from
industry [ ], (Mr. Nicasio Villalba, Chief of the Special Financial

Investigation Unit at the Police Department; or Mr. Carlos Arregui,
Deputy Attorney General of the Special Financial Crime
Investigation Unit, Mr Angel Gabriel Gonzalez, Director General
SEPRELAD; US expert (tbc), Josemauro Nunes, Federal Police
Brazil, Officials from Argentina
10.35 – 10:50 Coffee
10.50 – 11.35 Civil Proceedings - Asset Tracing / Financial Investigation/
Asset Recovery – A View from another country (US/ EU
Attorney/ Brand Owner Representative from New York District
Attorneys office)
11:35 – 12:15 Technical Assistance Capabilities – government and private
sector (EU / US experts US AID/EUROPAID) Speaker from UNDP
tbc speaker from business tbc
12:15 -13:00 View from Industry – Impact on brand owners - Panel with
company and business organisation representatives: Adrian
Massaro, Proctor and Gamble; Pat Heneghan, British American
Tobacco, eg MEDEF France
13:00 – 14:00 Lunch
14:00 – 14:45 Panel discussion on administrative Remedies in the region –
what works and what does not: - Mr Martin Heisecke, Minister
Designate for Industry and Commerce, Paraguay; Humberto Ortiz,
Intellectual Property Director
14:45 -15:30 Panel discussion on Criminal Remedies in the region – what
works and what does not: Mrs. Carmen Cattoni, Senior Special IP
Unit Prosecutor Attorney; or Mr. Rubén Candia Amarilla, Attorney
General or Arnaldo Giussio, Anti corruption Prosecutor) Ricardo
Saenz – President, Prosecutor´s Association or Juan Carlos
Tesoriero - Federal Prosecutor of Posadas - Misiones Province
15:30 -15.45 Coffee served in breakout groups
15:45 – 16:45 Break-out Groups - Where to Now ?
16:45 – 17:30 Feedback from working groups and plenary discussion
17:30 – 17:45 Conference conclusions and next steps
18:00 Close

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viernes, 5 de septiembre de 2008

Citación a los interesados damnificados


En relación a lo expresado en la nota anterior en lo que refiere a la poca intervención por iniciativa propia de parte de los propietarios de las marcas, sugiero leer la nota de Infobae en la que se da cuenta en forma expresa ... que las marcas damnificadas fueron anoticiadas de la infracción a partir de la convocatoria y aviso que les efectuara y diera la Aduana.
Toda la inteligencia e investigación previa para llegar a la detección de la mercadería falsificada corrió por cuenta de la Aduana.
Por su parte, los propietarios o representantes de las marcas damnificadas solo atinaron a mostrarse sorprendidos por la perfección de las imitaciones...
Resulta cómodo descansar en el accionar de la autoridad pública; pero no debiera agotarse alli la actividad del sector privado. Me interesaría conocer cuantas de las marcas damnificadas se presentan como parte querellante en esta causa de tanta magnitud. De todas maneras, no me hago muchas ilusiones. No hay señales lamentablemente.
Gracias a Dios, está la Aduana.
Un cordial saludo a todos,
RJ

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Una vez mas la Aduana contra la Falsificación


Ratificando lo que vengo denunciando desde hace tiempo, en el sentido que la Aduana Argentina es la única actora verdadera en la lucha contra la falsificación marcaria, acaba de salir a la luz un nuevo procedimiento en el cual se secuestró ... un contenedor valuado en u$s3.500.000.
La mercadería secuestrada consiste en trajes que llevaban etiquetas "truchas" de Armani y Prada, además de miles de pares de zapatillas Nike y Adidas, lapiceras Montblanc, carteras Gucci, prendas Ralph Laurent y Polo, juegos y juguetes de las marcas más reconocidas.
Saludo y aplaudo lo que se continúa actuando desde la Aduana, al mismo tiempo que reclamo se coadyuve con su accionar desde las marcas en el territorio.
En una reunión con Cámaristas y Jueces Federales de la que tuve la suerte de participar el dia de ayer, la queja generalizada de los magistrados fue que los propietarios de las marcas se resisten a participar del proceso mas allá de la denuncia. Incluso, cuando son invitados a participar del proceso como consecuencia de haberse secuestrado material con sus marcas falsificadas a partir de procedimientos de oficio, tampoco acceden a intervenir.
Luego, nos quejamos muchas veces del accionar de los jueces, nos agraviamos de la legislación vigente, pero a la hora de tomar parte de la lucha, se mira para otro lado. La Aduana sola no puede contra este flagelo. Ojala los dueños de las marcas tomen conciencia de esta realidad y de una vez por todas, actúen en consecuencia.

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jueves, 4 de septiembre de 2008

Productos falsificados por $110 Millones


La tiular de la DGA, Silvina Tirabassi, sostuvo en ocasión de la tercera jornada anual de “Estrategias público–privadas para combatir la falsificación, protegiendo la salud y la seguridad de la comunidad”, que “uno de nuestros compromisos es combatir el fraude marcario y nuestra misión es la protección de la población, toda vez que un producto falsificado puede ocasionar un grave daño a la salud, la seguridad e incluso el medio ambiente”...
Nada mas cierto. Tan solo reflexionen con lo que está aconteciendo con el tema de la efedrina y la falsificación de medicamentos.
Sin embargo lo preocupante, es que sea tan solo este organismo a nivel local quien ofrezca resistencia al flagelo del fraude marcario.
Una vez mas reitero, pareciera que este delito se agotara en fronteras, pues puertas para adentro, no se registran noticias de la realización de procedimientos. Ello pese a lo que se declare dogmáticamente en encuentros o jornadas.
Sugiero ampliar la noticia en Infobaeprofesional. De la lectura de la nota, van a advertir ustedes que se continúa confundiendo el ilícito marcario con la violación de la ley 11.723.

Fuerte abrazo,

RJ



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